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Cumplimiento de obligaciones

escrituración

El Predial ¿Qué es?

Es el impuesto que cobra cada municipio a los ciudadanos que son propietarios de un bien inmueble, al interior de su extensión territorial, ya sea que esté construido o no.

¿Para qué sirve este impuesto?
Los municipios se encargan de recaudar este impuesto para dotar de más y mejores servicios públicos a la ciudadanía.

¿Cómo se calcula el predial?
De acuerdo a la Ley de Ingresos anual de cada municipio se cobra la tasa aplicable sobre el valor catastral del inmueble y esta tasa varía si el predio está construido o no.

¿Dónde realizar el pago de este impuesto?
Lo puedes efectuar directamente en las oficinas recaudadoras del municipio donde se encuentra tu casa, sin embargo, algunos municipios tienen la opción de hacerlo en tiendas de autoservicio o departamentales, bancos, kioscos interactivos o Internet.

¿Cuándo pagar el predial?
Desde el momento en que firmas la escritura de tu casa adquieres la obligación de cubrir este impuesto y lo puedes hacer de forma bimestral o anual.

Descuentos
La mayoría de los municipios ofrece un descuento de hasta el 15% si lo realizas de forma anual durante el primer bimestre del año. Además existe cuota mínima preferencial a los contribuyentes jubilados, pensionados o mayores de 60 años.

¿Qué hacer para que el recibo salga a mi nombre?
Generalmente esto se realiza de forma automática cuando el notario presenta el aviso de transmisión patrimonial a la oficina de catastro del municipio.

EN UN PERÍODO DE CUATRO A SEIS MESES POSTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA, COMENZARÁ A APARECER EL RECIBO A TU NOMBRE, DE NO SER ASÍ, SOLICITA INFORMACIÓN A LA NOTARÍA CON LA QUE LLEVASTE A CABO EL PROCESO DE FIRMA DE ESCRITURA.

LA MAYORÍA DE LOS MUNICIPIOS OFRECE UN DESCUENTO DE HASTA EL 15% SI REALIZAS EL PAGO DE FORMA ANUAL DURANTE EL PRIMER BIMESTRE DEL AÑO. ADEMÁS EXISTE UNA CUOTA MÍNIMA PREFERENCIAL A LOS CONTRIBUYENTES JUBILADOS, PENSIONADOS O A LOS MAYORES DE 60 AÑOS.